Asesoría contable y llevanza de contabilidad
Contabilidad mensual o trimestral, libros oficiales y cuentas anuales listas para cualquier inspección.
Una contabilidad bien llevada no es solo una obligación legal: es la base para tomar buenas decisiones sobre tu negocio.
En ACA Auditores llevamos la contabilidad de pymes, autónomos y sociedades con criterio técnico y explicándote los números en un lenguaje que entiendes, no solo en asientos contables.
- Contabilidad mensual, trimestral o de apoyo a tu departamento interno
- Libros oficiales legalizados y cuentas anuales
- Depósito de cuentas en el Registro Mercantil
- Informes periódicos claros, sin lenguaje contable indescifrable
Qué incluye este servicio
- Registro y conciliación de todas las operaciones contables
- Libros diario, mayor y de inventarios y cuentas anuales
- Formulación y depósito de cuentas anuales en el Registro Mercantil
- Legalización de libros oficiales
- Conciliaciones bancarias periódicas
- Informes de seguimiento económico (P&L, balance de situación)
- Coordinación con tu gestoría o departamento financiero interno
- Preparación de la contabilidad para auditoría, si tu empresa está obligada
¿Para quién es este servicio?
Pymes, startups, autónomos con contabilidad obligatoria y sociedades que necesitan externalizar total o parcialmente su departamento contable.
Cómo trabajamos
Análisis de tu operativa
Revisamos volumen de facturación, sistema actual y necesidades de información.
Puesta al día
Si vienes de otra gestoría o de una contabilidad desactualizada, regularizamos el histórico.
Llevanza periódica
Registramos y conciliamos tu contabilidad cada mes o trimestre, según lo acordado.
Cierre e informes
Formulamos cuentas anuales y te entregamos informes de seguimiento a lo largo del año.
Preguntas frecuentes
¿Necesito llevar contabilidad si soy autónomo?
Depende del régimen. Los autónomos en estimación directa deben llevar libros registro de ingresos, gastos y bienes de inversión; los que tributan por módulos tienen obligaciones más simplificadas. Te decimos exactamente qué te corresponde.
¿Puedo seguir usando mi propio programa de facturación?
Sí, trabajamos con la mayoría de programas de facturación y ERPs del mercado, o te recomendamos uno si todavía no tienes ninguno.
¿Cuándo hay que depositar las cuentas anuales?
Las cuentas deben formularse en el primer semestre del ejercicio siguiente, aprobarse en junta antes del 30 de junio y depositarse en el Registro Mercantil en el mes posterior a su aprobación. Nosotros controlamos todo el calendario.
¿Hablamos de tu caso?
Primera consulta sin compromiso. Te respondemos en menos de 24 horas laborables.
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