En resumen

Decisiones que aún puedes tomar antes de que acabe el año para pagar menos IRPF de forma legal en la próxima declaración de la renta.

La declaración de la renta se presenta en primavera, pero casi todo lo que se puede hacer para pagar menos se decide antes del 31 de diciembre. Una vez cerrado el año, la declaración se limita a reflejar lo que ya ha ocurrido. Por eso los últimos meses del año son el momento de revisar la situación y tomar algunas decisiones con calma.

Aportaciones a planes de pensiones

Las aportaciones a planes de pensiones reducen la base imponible general del IRPF, lo que supone un ahorro que depende del tipo marginal de cada contribuyente. El límite general para planes individuales es de 1.500 euros anuales, que puede incrementarse mediante aportaciones a planes de empleo promovidos por la empresa o, en el caso de los autónomos, a determinados planes específicos.

Para que cuenten en el ejercicio, las aportaciones deben estar hechas antes de que termine el año, y muchas entidades fijan fechas límite anteriores al 31 de diciembre para tramitarlas.

Compensar ganancias y pérdidas

Si este año has vendido acciones, fondos u otros activos con beneficio, puede tener sentido revisar si tienes inversiones con pérdidas latentes. Materializar esas pérdidas antes de fin de año permite compensarlas con las ganancias y reducir la tributación del ahorro.

Hay que tener en cuenta las reglas antiaplicación: si recompras valores homogéneos en un plazo cercano a la venta, la pérdida no se puede computar hasta que vendas los nuevos. Conviene revisarlo antes de dar órdenes de venta.

Donativos a entidades sin ánimo de lucro

Los donativos a fundaciones, ONG y otras entidades acogidas a la Ley de mecenazgo dan derecho a deducción en la cuota. Los primeros 250 euros donados en el año deducen un ochenta por ciento, y el exceso un cuarenta por ciento, que sube al cuarenta y cinco si se ha donado a la misma entidad en los años anteriores. Hacer el donativo en diciembre en lugar de en enero adelanta un año el ahorro fiscal.

Deducciones autonómicas

Si vives en la Comunidad de Madrid, revisa si puedes aplicar alguna de las deducciones autonómicas: por nacimiento o adopción, por alquiler de vivienda habitual para jóvenes, por gastos educativos o por cuidado de familiares, entre otras. Muchas exigen requisitos formales, como haber depositado la fianza o conservar determinados justificantes, que es mejor comprobar antes de que acabe el año.

Rendimientos del trabajo y retenciones

Si has cambiado de empresa, has tenido dos pagadores o has recibido ingresos extraordinarios, puede que las retenciones que te han practicado sean insuficientes. Saberlo con tiempo permite prever el resultado de la renta y, si se trata de ingresos variables, valorar si conviene cobrarlos en diciembre o en enero.

Si eres autónomo

  • Revisa que todas las facturas de gastos del año están contabilizadas y correctamente emitidas a tu nombre.
  • Valora si adelantar o retrasar inversiones o gastos necesarios según cómo haya ido el año.
  • Comprueba las amortizaciones de los bienes de inversión que hayas adquirido.
  • Confirma que los pagos fraccionados del modelo 130 se corresponden con el rendimiento real.

Un repaso que compensa

No se trata de hacer operaciones solo por motivos fiscales, sino de aprovechar las opciones legales que ya existen y que, una vez pasado el 31 de diciembre, dejan de estar disponibles para ese ejercicio. Una revisión en noviembre o principios de diciembre con tu asesor suele bastar para detectar las oportunidades más claras y evitar sorpresas en la próxima declaración.